Juez ordena cinco meses de prisión preventiva contra el expresidente de Perú
La decisión se fundamenta en el alto riesgo de fuga y la ausencia de arraigo familiar y laboral del exmandatario.
El juez Jorge Chávez Tamariz, titular del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior Nacional, dictó cinco meses de prisión preventiva contra Martín Vizcarra Cornejo, expresidente inhabilitado de la República, en el marco del proceso judicial que lo investiga por presunto cobro de 2.3 millones de soles en coimas de empresas constructoras durante su gestión como gobernador regional de Moquegua (2011-2014).
Durante la audiencia, el magistrado explicó que el exmandatario no cuenta con arraigo familiar ni laboral, lo que incrementa el riesgo de fuga. “No existe arraigo familiar”, señaló Chávez Tamariz, precisando que la residencia estable de la esposa e hijo menor de Vizcarra se encuentra en Moquegua, mientras que él reside en Lima. La falta de dependencia económica y la inexistencia de lazos familiares fuertes fueron consideradas factores determinantes para la medida de coerción.
Respecto al arraigo laboral, el juez cuestionó los supuestos contratos de asesoría con el partido Perú Primero presentados por la defensa, ya que se legalizaron después del requerimiento de prisión preventiva y carecen de detalles verificables, nombres y resultados específicos. Además, la empresa familiar vinculada al exmandatario es gestionada por su esposa y sus hijas figuran como socias fundadoras, lo que para el juzgado hace dudosa la existencia de un vínculo laboral real.
Chávez Tamariz también destacó que, aunque Vizcarra posee un domicilio legal en Lima, esta condición por sí sola no garantiza que permanezca a disposición de la justicia, especialmente ante la proximidad de un pronunciamiento judicial definitivo. “Existe alta probabilidad que el acusado rehúya una sentencia”, enfatizó, subrayando la gravedad de las acusaciones de corrupción que enfrenta el exmandatario y la necesidad de su comparecencia para proteger el interés público.
El juez consideró que la medida de prisión preventiva por cinco meses es proporcional y razonable, y aseguró que los controles constitucionales sobre medidas restrictivas, como la comparecencia con restricciones, son insuficientes para mitigar el riesgo procesal en casos de corrupción estatal.
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