Caso Ruth Nina: Juzgado de Cochabamba se declara incompetente y remite la denuncia a Shinahota
El Juzgado de Instrucción Penal, Anticorrupción y contra la Violencia hacia las Mujeres N° 8 de la provincia Cercado, Cochabamba, se declaró incompetente para continuar la investigación penal contra la dirigente de Pan-Bol, Ruth Yolanda Nina Juchani, por lo que remitió el caso a la jurisdicción de Shinahota, en el Trópico de Cochabamba.
La decisión responde a que las declaraciones de Nina, que motivaron la denuncia por amenazas, se realizaron en un evento político en la localidad de Lauca Ñ, que pertenece al municipio de Shinahota.
La denuncia fue presentada por María Leonila Galindo Torrez, en representación del Comité Nacional de Defensa de la Democracia (Conade), ante el Ministerio Público. Galindo acusó a Ruth Yolanda Nina Juchani, de incurrir en amenazas que ponen en riesgo el proceso electoral al declarar públicamente el 12 de julio: “El 17 de agosto el Gobierno y el Tribunal Electoral, en vez de contar votos, van a contar muertos”, si no se permitía la candidatura de Evo Morales.
“Estamos ante un proceso en el que corresponde aplicar las normas de competencia territorial. El hecho investigado ocurrió en Lauca Ñ y no en Cercado de Cochabamba”, señala el documento firmado por la secretaria Sabrina Mamani Packa, al firmar la resolución judicial del Juzgado de Instrucción Penal, Anticorrupción y contra la Violencia hacia las Mujeres N° 8 de la provincia Cercado.
El documento establece que la jurisdicción natural para conocer esta causa es el Juzgado de Instrucción Penal de turno de Shinahota, ya que los hechos denunciados se habrían producido en un acto público en el Trópico, durante un ampliado político-sindical.
Además, según el argumento jurídico contenido en la resolución, no existen pruebas ni indicios de que el hecho haya ocurrido en la ciudad de Cochabamba, ni que la denunciada Ruth Nina resida en ese lugar. Tampoco se hallan allí las pruebas materiales, que deben ser colectadas del contexto en el que fueron emitidas las declaraciones.
“La jurisdicción y competencia son principios fundamentales del debido proceso. Todo acto investigativo debe efectuarse conforme a la ley y con el juez natural competente”, recuerda la resolución, citando los artículos 46 y 49 del Código de Procedimiento Penal.
El fiscal del caso, Juan Alfredo Palacios Vilte, también había confirmado en su requerimiento que los hechos se produjeron durante un congreso político en Lauca Ñ, por lo que ahora será la Fiscalía de Shinahota la encargada de continuar con las investigaciones por los presuntos delitos de amenazas e instigación pública a delinquir.
Desde el Conade, se aguarda ahora una postura del Tribunal Supremo de Justicia, para garantizar que el caso no quede en la impunidad y que se determine si las palabras de Nina configuran amenazas reales contra el proceso democrático boliviano.
Ruth Nina aún no ha emitido declaraciones oficiales tras conocerse el pronunciamiento judicial. El caso deberá seguir su curso en una de las regiones más vinculadas a la base política del expresidente Evo Morales.
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